Comunicado sobre la ilegalidad que supone la contratación de médicos sin especialidad ocupando plazas de especialista en Medicina Familiar y Comunitaria en Atención Primaria
La Sociedad Española de Medicina Familiar y Comunitaria (semFYC), junto con las 17 sociedades federadas que la integran, reunidas en sesión de Junta Directiva en el marco de su Congreso celebrado en Madrid, desea subrayar su rotunda oposición a la contratación de médicos sin especialidad para ocupar plazas destinadas a especialistas en Medicina Familiar y Comunitaria. Del mismo modo, expresa su rechazo a cualquier estrategia que pretenda debilitar o quebrar el sistema MIR, un modelo que durante décadas se ha consolidado como garante de la calidad asistencial y de la seguridad del Sistema Nacional de Salud.
La contratación de médicos sin la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria constituye una ilegalidad flagrante, tal y como hemos denunciado anteriormente, pues vulnera la normativa reguladora del ejercicio profesional y pone en riesgo la seguridad asistencial de la población. Es fundamental recordar que la única vía de acceso a la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria es a través del sistema MIR, según establece la legislación vigente y ratifican los comunicados profesionales. Este principio no es un formalismo: garantiza que quienes ocupan plazas de Medicina Familiar y Comunitaria poseen la formación especializada necesaria para desarrollar con solvencia las funciones propias del ámbito.
Existen dos referencias europeas de gran peso jurídico que avalan esta posición. Por un lado, la Directiva 86/457/CEE, de 15 de septiembre, del Consejo de las Comunidades Europeas, que exige una formación específica en medicina general para poder desempeñar funciones médicas en los sistemas públicos de Seguridad Social de los Estados miembros. Por otro, la Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, que regula el reconocimiento de cualificaciones profesionales y establece que el ejercicio en atención primaria requiere una formación especializada. A la luz de ambas disposiciones, permitir que personas sin la especialidad correspondiente realicen actos médicos constituiría una clara vulneración de la legalidad, circunstancia que ambas organizaciones se ven en la obligación de señalar.
Las regulaciones de ordenación de las Profesiones Sanitarias que regulan la formación sanitaria especializada establecen que únicamente quienes han completado un programa MIR pueden ocupar puestos de especialistas en Medicina Familiar y Comunitaria. Adicionalmente, se recuerda que la designación de funciones propias de una especialidad a profesionales sin el título correspondiente supone una infracción administrativa y un riesgo para la calidad y seguridad asistencial.
Además, la incorporación de profesionales sin la especialidad específica quiebra los principios estructurales de la Atención Primaria, cuyo modelo está cimentado en la longitudinalidad, la visión integral de la persona, la transversalidad y la continuidad asistencial. Todos estos elementos dependen de una formación sólida y reglada que permita resolver con criterio clínico, contextualizar la historia de salud de cada paciente y garantizar seguimiento a lo largo del tiempo. La sustitución de especialistas por profesionales sin esta formación genera variabilidad asistencial, disminuye la capacidad de resolución y compromete la confianza de la ciudadanía en el sistema.
Estas sociedades federadas de Medicina Familiar y Comunitaria han manifestado su rechazo unánime a este tipo de medidas, alertando de que representan un “atajo fácil” que no soluciona los problemas estructurales de recursos humanos, sino que puede agravarlos al deteriorar la calidad del servicio y la estabilidad del modelo de Atención Primaria. Ante este escenario, se considera imprescindible que las administraciones públicas eviten recurrir a soluciones contrarias a la legalidad y potencialmente dañinas para la población, y se orienten hacia estrategias innovadoras de planificación y contratación. Estas deben incluir:
- El refuerzo de incentivos y condiciones en plazas de difícil cobertura;
- Políticas de fidelización del personal MIR formado en el propio sistema;
- Anticipación ante el elevado volumen de jubilaciones que se prevé en numerosas provincias del Estado;
- Modelos organizativos que consoliden la longitudinalidad y el trabajo en equipo; y
- Medidas que garanticen estabilidad y calidad en los equipos de Atención Primaria.
Solo mediante el respeto al marco legal, la defensa de la calidad asistencial y una planificación responsable será posible preservar un modelo del Sistema Nacional de Salud y la Atención Primaria seguro, sólido y centrado en las personas.