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Decálogo de acciones a no realizar en la prestación de incapacidad temporal a partir del 9 de enero de 2023
Fecha de publicación: 23 de diciembre de 2022
Desde hace semanas que a nivel de Foro de Atención Primaria hemos se ha estado trabajando en una acción conjunta para apoyar a nuestros médicos en el ejercicio de su desempeño profesional, reduciendo la carga burocrática en consulta.
Internamente, se ha elaborado un documento que desde la semFYC queremos compartir con el conjunto de socios y socias. Se ha dividido en los siguientes documentos para facilitar su comprensión y aplicación.
A modo de resumen, este último documento, se convierte en un resumen de las actuaciones a realizar o no hacer:
Internamente, se ha elaborado un documento que desde la semFYC queremos compartir con el conjunto de socios y socias. Se ha dividido en los siguientes documentos para facilitar su comprensión y aplicación.
PROPUESTA SEMFYC PARA LA APLICACIÓN DE LA NORMATIVA DE INCAPACIDAD TEMPORAL, RD 625/2014 A PARTIR DEL 9 DE ENERO DE 2023, ANTE LA PASIVIDAD DE LAS AUTORIDADES A LAS RECLAMACIONES DEL FORO DE ATENCIÓN PRIMARIA (documento teórico)
PROPUESTAS PARA PODER CUMPLIR LA NORMATIVA DE INCAPACIAD TEMPORAL (desarrollo justificación actuaciones)
DECALOGO DE ACCIONES A NO REALIZAR EN LA PRESTACION DE INCAPACIDAD TEMPORAL A PARTIR DEL 9 DE ENERO DE 2022
A modo de resumen, este último documento, se convierte en un resumen de las actuaciones a realizar o no hacer:
Decálogo de acciones a no realizar en la prestación de incapacidad temporal a partir del 9 de enero de 2023
- No emitir en Atención Primaria ningún parte de baja cuando el paciente ha sido valorado y tratado en otro nivel asistencial a partir del 9 de enero de 2023.
- No emitir partes de confirmación o alta en los pacientes dados de baja en otro nivel asistencial desde el 9 de enero de 2023, mientras que permanezcan en seguimiento en dicho nivel, con independencia de la fecha de revisión.
- Informar a todos los pacientes de la posibilidad de acceder en su historia de salud autonómica, donde esté desarrollado, de descargar sus partes de baja, confirmación y alta sin necesidad de acudir al centro de salud cuando no sea necesario por motivos clínicos.
- Pedirles que trasladen a sus empresas, como vienen haciendo un gran número de ellas, la posibilidad de acceder a través del INSS al registro de trabajadores en situación de IT, evitando la impresión y recogida de los partes correspondientes.
- Mientras se mantengan presentes en el aplicativo limitarse a consignar algún tipo de símbolo: “.”, “:(“, “;)” o alguno similar.
- Mientras se mantenga en el aplicativo la petición de adecuación en la duración marcar en todos los casos “Duración inadecuada por otras causas”.
- Acreditar la relación laboral con la empresa. De no existir, completar el apartado como “Empresa 1”, “Empresa 2”, etc, en función de los trabajos que el paciente refiera, para no retrasar la emisión del parte.
- Solicitar la acreditación de empresa, mutua o servicio de salud laboral en la que conste el Código Nacional de Ocupación (CNO). De no existir, completar el apartado con el código 1111 que corresponde a “Miembros del poder ejecutivo (nacional, autonómico y local) y del poder legislativo”, para no retrasar la emisión del parte.
- En los pacientes adscritos a MUFACE, MUJEGU o ISFAS, solicitar al paciente que aporte la documentación que acredite su vínculo laboral con la Administración, así como el formulario con todos los datos administrativos correctamente cumplimentados y las copias necesarias, para poder cumplimentar los datos clínicos.
- No rellenar en ningún caso el informe de riesgo durante el embarazo en los modelos de las mutuas por carecer completamente de validez legal, estar considerado una contingencia de naturaleza profesional y estar toda la información contenida en la historia obstétrica, a disposición del médico de la mutua en cuyas competencias recae la gestión del procedimiento.