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El Real Decreto formativo de los MIR incluye evaluación final y prueba de excelencia

El Real Decreto formativo de los MIR incluye evaluación final y prueba de excelencia

Fecha de publicación: 18 de septiembre de 2007

La evaluación final del MIR se llevará a cabo tras el último año de residencia por el comité de la especialidad que corresponda en cada caso. Y es que según lo establecido en el texto aprobado por el pleno de la Comisión Nacional de Recursos Humanos, “la evaluación final tiene como objetivo verificar que el nivel de competencias adquirido por el especialista en formación durante todo el período de residencia le permite acceder al título de especialista”.

Ahora bien, tal y como puntualiza esta misma normativa “no podrá evaluarse negativamente a aquellos especialistas en formación que hayan obtenido una evaluación positiva en todos los años del período de residencia”. Además, el texto también deja claro que tan sólo el comité que haya hecho anualmente el seguimiento del MIR podrá realizar esta prueba final en el centro de residencia.

Tal y como ha adelantado el Ministerio de Sanidad, el comité estará formado por el jefe de estudios, que presidirá el comité, el tutor del residente, el presidente de la subcomisión que corresponda, un profesional con el título de especialista que corresponda y que preste servicios en el centro o unidad de que se trate, y uno de los vocales de la comisión de docencia designado por la comunidad autónoma.

Prueba de excelencia
Cuando la evaluación final sea positiva, el residente tendrá derecho a la expedición del título oficial de especialista y, si lo desea, podrá realizar una prueba de excelencia ante la Comisión Nacional.

Así, quienes logren obtener la excelencia tendrán derecho a la expedición de un diploma acreditativo que será valorado según establece el Estatuto Marco y la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, y en los términos que determine cada comunidad autónoma.