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#HemosLeído: Prisons are “in no way equipped” to deal with COVID-19

#HemosLeído: Prisons are “in no way equipped” to deal with COVID-19

Fecha de publicación: 26 de mayo de 2020
Así se titula un artículo publicado en un número reciente de The Lancet. El mismo número en el que Michael Marmot denuncia la desigualdad que subyace a la crisis por COVID-19, la editorial de The Lancet plantea la necesidad de un nuevo contrato social y Richard Horton analiza la situación actual como una crisis que excede el ámbito de la epidemiología e interpela a toda nuestra biografía como especie. 

La investigación realizada por Talha Burki señala en su introducción que “las prisiones son un foco para la infección por COVID-19. En teoría, las personas presas tienen el mismo derecho a la salud que la población general, pero la realidad es muy diferente. [...] Probablemente nunca sabremos el alcance de la enfermedad por COVID-19 en las prisiones y espacios de detención. La capacidad de realizar test y la provisión de equipos de protección están muy limitadas y las personas presas rara vez son una prioridad. Sin embargo, una prisión ha realizado tests masivos; el Centro Penitenciario de Marion en Ohio, EEUU, alberga 2.500 detenidos. Más de 2.000 han dado positivo para COVID-19”.

Sobre las condiciones de las prisiones el artículo afirma que: “estos lugares carecen de condiciones sanitarias y las personas presas no siempre tienen acceso a agua corriente. En estas circunstancias, medidas como el lavado de manos regular y la distancia física son imposibles de realizar. Las personas presas comparten lavabo, baño, fregadero y comedor. […] Las instalaciones de prisión no están equipadas para lidiar con una epidemia una vez que esta penetra los muros. Si una institución está ocupada por encima de su capacidad, será muy difícil establecer áreas para que aquellas personas con sospecha de COVID-19 puedan ser aisladas. Además, si una persona presa sabe que va a ser puesta en aislamiento (una forma de castigo habitual) cuando revele que tiene síntomas, existe un desincentivo importante a la hora de buscar atención médica”.

Otro de los elementos que destaca Burki en su estudio tiene que ver con la asistencia sanitaria hospitalaria. “Trasladar a quienes están dentro de prisión para que reciban asistencia sanitaria externa implica obtener transporte y funcionarios que les acompañen. Las administraciones penitenciarias pueden mostrarse reacias a ese gasto de tiempo y recursos en una única persona. No se consigue tratar adecuadamente la salud dentro de los muros debido a la falta crónica de personal, así como a desincentivos para buscar asistencia externa, dice Patton. Las personas presas tienen que presentar un estado muy deteriorado antes de recibir el tratamiento que necesitan. Estos problemas se complican en tiempos de pandemia, cuando trasladar a los internos requiere todo tipo de precauciones adicionales”. 

La investigación concluye que: “No hay ninguna duda de que esta crisis exige medidas para reducir el hacinamiento y encontrar alternativas a la prisión para personas en categorías particulares, sobre todo aquellas en prisión preventiva por delitos no violentos. […] Queda por ver si los gobiernos estarán dispuestos a excarcelar al número necesario de personas para evitar el riesgo de transmisión del COVID-19 en prisión”.

La situación en las cárceles españolas no es muy diferente. Un 40% de las plazas médicas están vacías, lo que supone cerca de 200 puestos de trabajo sin cubrir y ausencia de asistencia sanitaria durante semanas en determinadas prisiones. Las últimas medidas propuestas por el Ministerio de Interior para aliviar este problema incluyen la convocatoria de 40 plazas para las que, por primera vez, no es necesario disponer de la titulacion de especialista, lo que implica una merma en la calidad de la atención y una vulneración al derecho a la asistencia sanitaria en igualdad de condiciones que el resto de la población. Esta misma realidad ha sido constatada por el Defensor del Pueblo Español:  “durante el presente año [2018] la atención sanitaria a las personas privadas de libertad, sobre cuya salud la Administración penitenciaria tiene un especial deber de tutela legalmente establecido, se ha producido en un contexto de creciente falta de personal sanitario propio y de falta de convenios con los servicios sanitarios autonómicos”. […] “No se está ante un problema coyuntural sino que es de carácter estructural y desde esa perspectiva ha de ser abordado”.

En lo que respecta a la situación generada por el COVID-19, según la información facilitada por la propia Secretaría General de Instituciones Penitenciarias (SGIP, en adelante), en las prisiones andaluzas hasta el 26 de abril se habían realizado 34 test en una población total de 13.492 personas

Además, las competencias en sanidad no están transferidas a las comunidades autónomas (con excepción de Cataluña y País Vasco) pese a que la Ley 16/2003 de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud otorgaba 18 meses de plazo para realizar dicha transferencia. Las consecuencias son numerosas: falta de coordinación entre la sanidad penitenciaria y la atención hospitalaria, retraso en la atención sanitaria y potenciales conflictos de interés al depender el personal sanitario del mismo organismo que opera dentro de prisión, el Ministerio de Interior. Asimismo, la longitudinalidad que caracteriza nuestra práctica clínica se ve comprometida al no existir información compartida entre el historial médico de la persona antes, durante y después de ingresar a prisión; el periodo dentro de los muros se conforma como un paréntesis, también en la atención sanitaria. Un estudio reciente que compara la sanidad penitenciaria en País Vasco muestra las ventajas de dicha transferencia en términos de calidad, continuidad asistencial y personal disponible

Ante esta situación, la principal medida que han adoptado las organizaciones internacionales especializadas en la materia ha sido la petición de excarcelación para aquellas personas que se encuentran en una situación de especial de vulnerabilidad. Así lo han solicitado, entre otras instituciones, el Comité para la Prevención de la Tortura del Consejo de Europa y la Alta Comisionada para los Derechos de las Naciones Unidas, quien ha pedido “examinar la manera de poner en libertad a los individuos especialmente vulnerables al COVID-19, entre otros a las personas presas de más edad y las enfermas, así como a los detenidos menos peligrosos. […]El encarcelamiento debería ser una medida de último recurso, en particular durante esta crisis”.

Como concluye Richard Horton en el comentario que cierra este número de The Lancet: “[…] es nuestro deber revertir la tendencia de entender esta enfermedad como algo biológico y en su lugar, insistir en su aspecto social y político. Comprender lo que ha significado para quienes la han padecido y emplear ese conocimiento, no sólo para cambiar nuestra perspectiva del mundo, sino para cambiar el mundo en sí mismo”. 

Nuestra mirada como médicas de familia debe ser amplia, responsable e incisiva. Debe buscar en  aquellos recovecos donde se disputa la salud de quienes han sido invisibilizadxs desde hace años. Las cárceles son uno de esos lugares donde el ejercicio y la mirada de nuestra profesión adquiere más importancia que nunca. Pongámonos a ello pues.

 

 

Maribel Valiente

Sociedad Andaluza de Medicina Familiar y Comunitaria

Grupo de Trabajo Inequidades en Salud/Salud Internacional de la semFYC