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La semFYC pide al Ministerio que considere a fondo las alegaciones presentadas ante el proyecto de Real Decreto de urgencias y emergencias
Fecha de publicación: 29 de septiembre de 2023
La semFYC fundamenta sus aportaciones en la necesidad de una estrategia que respete los tiempos propios de cada especialidad. En este sentido, cabe recordar que, en este momento, el programa de la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria se encuentra en una fase muy avanzada y debiera estar próxima la aprobación del que será el nuevo programa oficial de la especialidad (POE) de Medicina Familiar y Comunitaria,. Esto es así tras un extenso trabajo que se inició en el año 2019, quedó posteriormente interrumpido por la crisis de la covid19 y se retomó cuando las fases más cruentas de la pandemia quedaron superadas; el PEO quedó entregado por parte de la Comisión Nacional de la Especialidad al Ministerio a primeros del 2023.
La nueva especialidad que se apruebe ha de empezar su andadura en el momento que se dé el visto bueno y se publique en el BOE el texto final del Real Decreto, tras la valoración de todas las alegaciones presentadas y su validación en el Consejo de Ministros. Esta nueva especialidad deberá entonces constituir su comisión nacional, nombrar sus miembros e iniciar los procedimientos de preparación de su futuro programa, entre otros. Mientras tanto la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria cuenta ya con una propuesta de POE que deberá iniciar ahora sus fases finales de aprobación.
En conclusión, y a ojos de la semFYC, “la actualización diversos aspectos con la formación del título de médica/o especialista en medicina familiar y comunitaria" que se recoge en el título de la propuesta de Real Decreto, debiera quedar fuera de este texto y ceñirse a la revisión del programa de la especialidad que se está abordando.
De hecho, en relación al articulado de las competencias, la semFYC sostiene que, acorde con la base legal de qué son y cómo se deben desarrollar éstas en los programas de especialidad, hay que considerar que con la actual reforma convivirán “dos itinerarios formativos diferentes, el itinerario de la especialidad de Medicina familiar y comunitaria (MFyC), y el itinerario de la especialidad de urgencias y emergencias (MUYE), de 4 años de duración ambos, y con 2 programas formativos propios (POE) para cada especialidad y con sus propias unidades docentes (UUDD)”.
Y a pesar de esta estructura paralela y diferenciada, como el articulado se sostiene en base a un correcto principio de inclusividad, reconocimiento y homologación es necesaria una confluencia competencial. “La reespecialización conlleva tener competencias comunes y equivalencias formativas comunes por al menos 2 años, no considerándose una troncalidad, sino la adquisición de equivalencias formativas”, defiende la semFYC.
// Reespecialización
La semFYC, desde el momento en el que se publicara el proyecto de Real Decreto ha reconocido cómo la propuesta protegía los intereses de ambas especialidades a nivel laboral puesto que había un reconocimiento y homologación de aquellos que llevan muchos años trabajando en urgencias; existía la consideración de una equivalencia competencial común para la reespecialización y se definían las pasarelas de acceso.
Si bien es cierto que existe esta orientación inclusiva, la semFYC también considera necesario introducir cambios en el proceso de reespecialización que se describe en la propuesta. Para la sociedad no es suficiente “el análisis de tres casos clínicos relacionados con el perfil profesional de Medicina de Urgencias y Emergencias, utilizando como referencia el programa formativo oficial”; por el contrario el modelo a implantar que defiende la semFYC se basaría en las ECOE: “Una de las fórmulas que mejor evalúa las competencias, habilidades y destrezas es con examen clínico objetivo estructurado (ECOE)”, explica la semFYC.
// Matices en la definición de servicios
Otro de los aspectos que la semFYC defiende reconsiderar del articulado incluido en el proyecto es la definición o concreción sobre algunos de los servicios y establecimientos sanitarios en el ámbito de urgencias y atención continuada, diferenciando los servicios de urgencias hospitalarios y los centros de atención continuada y los servicios de urgencias de atención primaria. Esta clasificación, si bien ha sido práctica hasta la fecha, no refleja con precisión la naturaleza y el alcance de la atención que se brinda en los servicios de la atención continuada de Atención Primaria como una parte esencial de la atención médica que le es propia a la Medicina Familiar y Comunitaria.
Lo mismo sucede con transporte sanitario por carretera, que es clave para el traslado de pacientes que requieren más o menos atención sanitaria in itinere. Dentro de todo el territorio es muy variada y los traslados desde zonas rurales y alejadas pueden requerir una ambulancia con soporte vital avanzado para los profesionales de medicina familiar y comunitaria que realizan guardias y atención continuada para que el paciente sea atendido con criterios de calidad.
// Centrarse en el POE de MFyC
Ante este escenario la semFYC solicita que una de las líneas de actuación estratégicas del Ministerio de Sanidad sea el impulso del programa de la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria. “POE entregado a primeros del 2023, es prioritario finalizar dicho POE para poder establecer cuales son las competencias comunes para el el futuro del proceso de reespecialización”, destacan desde la principal sociedad de esta especialidad en España relacionando esta demanda con el actual proceso de finalización de alegaciones ante la nueva especialidad.
“Consideramos que la creación de la nueva especialidad de Urgencias y Emergencias no debe condicionar la finalización de los trabajos realizados en la elaboración del programa de la especialidad (POE) de MFyC por parte de la CN de dicha especialidad”, afirman desde la semFYC.
La nueva especialidad que se apruebe ha de empezar su andadura en el momento que se dé el visto bueno y se publique en el BOE el texto final del Real Decreto, tras la valoración de todas las alegaciones presentadas y su validación en el Consejo de Ministros. Esta nueva especialidad deberá entonces constituir su comisión nacional, nombrar sus miembros e iniciar los procedimientos de preparación de su futuro programa, entre otros. Mientras tanto la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria cuenta ya con una propuesta de POE que deberá iniciar ahora sus fases finales de aprobación.
En conclusión, y a ojos de la semFYC, “la actualización diversos aspectos con la formación del título de médica/o especialista en medicina familiar y comunitaria" que se recoge en el título de la propuesta de Real Decreto, debiera quedar fuera de este texto y ceñirse a la revisión del programa de la especialidad que se está abordando.
De hecho, en relación al articulado de las competencias, la semFYC sostiene que, acorde con la base legal de qué son y cómo se deben desarrollar éstas en los programas de especialidad, hay que considerar que con la actual reforma convivirán “dos itinerarios formativos diferentes, el itinerario de la especialidad de Medicina familiar y comunitaria (MFyC), y el itinerario de la especialidad de urgencias y emergencias (MUYE), de 4 años de duración ambos, y con 2 programas formativos propios (POE) para cada especialidad y con sus propias unidades docentes (UUDD)”.
Y a pesar de esta estructura paralela y diferenciada, como el articulado se sostiene en base a un correcto principio de inclusividad, reconocimiento y homologación es necesaria una confluencia competencial. “La reespecialización conlleva tener competencias comunes y equivalencias formativas comunes por al menos 2 años, no considerándose una troncalidad, sino la adquisición de equivalencias formativas”, defiende la semFYC.
// Reespecialización
La semFYC, desde el momento en el que se publicara el proyecto de Real Decreto ha reconocido cómo la propuesta protegía los intereses de ambas especialidades a nivel laboral puesto que había un reconocimiento y homologación de aquellos que llevan muchos años trabajando en urgencias; existía la consideración de una equivalencia competencial común para la reespecialización y se definían las pasarelas de acceso.
Si bien es cierto que existe esta orientación inclusiva, la semFYC también considera necesario introducir cambios en el proceso de reespecialización que se describe en la propuesta. Para la sociedad no es suficiente “el análisis de tres casos clínicos relacionados con el perfil profesional de Medicina de Urgencias y Emergencias, utilizando como referencia el programa formativo oficial”; por el contrario el modelo a implantar que defiende la semFYC se basaría en las ECOE: “Una de las fórmulas que mejor evalúa las competencias, habilidades y destrezas es con examen clínico objetivo estructurado (ECOE)”, explica la semFYC.
// Matices en la definición de servicios
Otro de los aspectos que la semFYC defiende reconsiderar del articulado incluido en el proyecto es la definición o concreción sobre algunos de los servicios y establecimientos sanitarios en el ámbito de urgencias y atención continuada, diferenciando los servicios de urgencias hospitalarios y los centros de atención continuada y los servicios de urgencias de atención primaria. Esta clasificación, si bien ha sido práctica hasta la fecha, no refleja con precisión la naturaleza y el alcance de la atención que se brinda en los servicios de la atención continuada de Atención Primaria como una parte esencial de la atención médica que le es propia a la Medicina Familiar y Comunitaria.
Lo mismo sucede con transporte sanitario por carretera, que es clave para el traslado de pacientes que requieren más o menos atención sanitaria in itinere. Dentro de todo el territorio es muy variada y los traslados desde zonas rurales y alejadas pueden requerir una ambulancia con soporte vital avanzado para los profesionales de medicina familiar y comunitaria que realizan guardias y atención continuada para que el paciente sea atendido con criterios de calidad.
// Centrarse en el POE de MFyC
Ante este escenario la semFYC solicita que una de las líneas de actuación estratégicas del Ministerio de Sanidad sea el impulso del programa de la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria. “POE entregado a primeros del 2023, es prioritario finalizar dicho POE para poder establecer cuales son las competencias comunes para el el futuro del proceso de reespecialización”, destacan desde la principal sociedad de esta especialidad en España relacionando esta demanda con el actual proceso de finalización de alegaciones ante la nueva especialidad.
“Consideramos que la creación de la nueva especialidad de Urgencias y Emergencias no debe condicionar la finalización de los trabajos realizados en la elaboración del programa de la especialidad (POE) de MFyC por parte de la CN de dicha especialidad”, afirman desde la semFYC.