Sara Yebra reflexiona, en el editorial del nuevo número de la Revista Comunidad sobre la ética del trasplante de útero
Partiendo de la reciente noticia sobre el primer trasplante de útero realizado en nuestro país, el pasado mes de diciembre, la médica de familia Sara Yebra aprovecha el editorial del nuevo número de la revista Comunidad para hacer una interesante y necesaria reflexión sobre el marco ético de esta y otras nuevas posibilidades en materia reproductiva. Porque no todo lo técnicamente posible es éticamente aceptable. La autora repasa uno por uno los cuatro principios bioéticos clásicos: no maleficiencia, maleficiencia, justicia, y autonomía.
La no maleficiencia es el asunto que más espacio y razonamiento le lleva. Es decir, la obligación de no hacer daño o de que, en caso de producirse, este daño sea reducido al mínimo; siempre y cuando el beneficio sea superior. Se centra en primer lugar en la donante, una mujer sana en edad fértil que se realiza una histerectomía, lo que le causa una esterilidad permanente; y a la que le pueden surgir secuelas físicas (hemorragias, infecciones, tromboembolismos pulmonares…) y psicológicas (trastornos depresivos y/o ansiosos).
En el caso de la receptora hay que tener en cuenta que se debe hacer en primer lugar el trasplante del útero; y después, la retirada del mismo tras la gestación, por lo que los riesgos quirúrgicos se duplican. A eso hay que sumarle los derivados de la medicación inmunosupresora necesaria. Pero aún hay otra figura aún más vulnerable que puede sufrir riesgos; el feto.
Se vislumbra pues, que el beneficio puede no ser superior al daño causado, por lo que el principio de beneficencia quedaría en entredicho. Porque también hay que tener en cuenta que la finalidad de cumplir un deseo gestacional se encuentra en los márgenes de las necesidades en salud, punto fundamental para la Organización Nacional de Trasplantes (ONT).
El principio de justicia o distribución equitativa, eficiente y proporcionada de los recursos también provoca dudas. Porque, si todos debemos tener el mismo derecho y las mismas posibilidades de recibir un órgano, ¿se debería permitir, en caso de que fuera técnicamente posible, que se realizara un trasplante de útero a un hombre? ¿Y quién debería financiar estas operaciones?
Finalmente se refiere Yebra al principio de autonomía, que se ocupa de que la opinión del paciente debe ser siempre respetada. Aunque se refiere también a que en los últimos tiempos está sobredimensionado o tergiversado, probablemente a causa del sentimiento individualista imperante en la sociedad. En este sentido se habla de la posibilidad de que hubiera compensación económica y dónde quedaría entonces este principio.
La reflexión final de este texto trata del papel de la Medicina de Familia y Comunitaria en el abordaje psicosocial de estas prácticas, ya que nuestra participación comunitaria nos ofrece una mayor proximidad a los determinantes sociales que pueden marcar estas posibilidades técnicas.