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La Agencia europea de medicamentos y de Publicación de Estudios e Informes Clínicos: Un reto para la FDA (Food and Drug Administration) de Estados Unidos

La Agencia europea de medicamentos y de Publicación de Estudios e Informes Clínicos: Un reto para la FDA (Food and Drug Administration) de Estados Unidos

Fecha de publicación: 01 de marzo de 2017

Durante décadas, la Administración de Alimentos y Fármacos de Estados Unidos (FDA, Food and Drug Administration) ha sido el marco estándar a partir del cual se ha llevado a cabo la regulación de medicamentos en todo el mundo. En 1962, en respuesta a la tragedia de la talidomida , el Congreso de los Estados Unidos de América se dirigió a la FDA para que evaluara la efectividad de los medicamentos basándose en “investigaciones adecuadas y bajo control, también revisando las investigaciones clínicas” llevadas a cabo por parte de expertos calificados.


Respaldada por esta promulgación congresual, la FDA confeccionó un conjunto de regulaciones administrativas innovadoras (por ejemplo, la necesidad de un protocolo preestablecido, controles activos o preventivos, periodos de investigaciones clínicas y consenso informado de los pacientes) que han ido guiando la formación clínica mundial desde entonces. Las regulaciones de la FDA revolucionaron el análisis de los medicamentos en los Estados Unidos y en el exterior.


A pesar de eso, la Agencia Europea del Medicamento (EMA), homóloga de la FDA en la Unión Europea, está lista para pasar por delante de la FDA en un espacio de transperencia sobre medicamentos igual de importante. En octubre de 2016, la EMA publicó en su página web los informes de estudios clínicos con respecto a 2 medicamentos (carfilzomib y lesinurad), este último recientemente aprobado. Durante la confección del estudio, la EMA activó el acceso a aproximadamente 260.000 páginas con información de contenidos clínicos detallados, incluyendo informaciones de protocolos, análisis estadísticos y datos clínicos precisos. A pesar de que parte de la información fue redactada para proteger la privacidad del paciente, la EMA consideró que solamente 2 páginas contenían “información comercial confidencial.”


La publicación proactiva de informes clínicos por parte de una agencia reguladora de medicamentos no tiene precedentes, pero es un señal hacia una mayor transparencia. Hasta hace poco, la EMA tenía por costumbre rechazar hasta una tercera parte de las solicitudes para la realización de estudios clínicos. A pesar de este hecho, en 2010, la EMA anunció que respecto a la cuestión de adaptar la protección relativa a la información comercial, confidencial y de datos personales, el acceso a los documentos presentados para acciones de publicidad estaría abierto y solo no se permitiría en circunstancias limitadas.


Desde entonces, la EMA ha hecho públicas más de 2 millones de páginas con documentos reguladores en los que se incluyen informes de estudios clínicos que antes hubieran sido considerados confidenciales.



La publicación de estos estudios clínicos permitió a redes internacionales de investigadores independientes - como por ejemplo Cochrane - hacer un análisis sistemático del profármaco antiviral selectivo oseltamivir (análisis que de otra forma no hubiera sido realizado). Otras investigaciones subsecuentes realizadas por otros investigadores permitieron un metaanálisis de los niveles de oseltamivir en el paciente (datos que fueron proporcionados a los investigadores de forma confidencial por parte de los patrocinadores de oseltamivir). El metaanálisis mostró resultados distintos de los publicados por parte del colectivo Cochrane. A pesar de las diferencias entre estudios, el análisis hecho por Cochrane sirvió para estimular el debate acerca del oseltamivir.


En 2014, la EMA dio un paso más. Aprobó y adoptó el reglamento N. 0070 que permite la publicación on-line de todos los estudios clínicos que hubieran pedido una solicitud de autorización comercial a la propia EMA desde el día 1 de enero de 2015, y una vez dicha solicitud ya hubiera sido aceptada, denegada o retirada.  La posición que la EMA defiende es que “en general, los datos clínicos no pueden ser considerados CCI (confidential comercial information).” El acceso a los informes de los estudios clínicos se limita a todos aquellos que estén de acuerdo con los términos que prohíben cualquier intento de “reidentificación” de pacientes mediante un experimento  y cualquier “uso injusto y comercial de los estudios clínicos”. En ese sentido, fue de acuerdo con la norma N. 0070 que la EMA publicó diversos análisis de los estudios clínicos vía internet referentes a carfilzomib y lesinurad el pasado mes de octubre de 2016.


El reglamento N. 0070 adoptado por parte de la EMA persigue como fin el cumplimiento de los objetivos para “un consumo más informado y mejor de los medicamentos” y “ayudar a un desarrollo más eficiente de la Medicina” permitiendo a los investigadores a que aprendan de los “éxitos y fracasos del pasado.” La EMA concluyó que la divulgación de los datos clínicos detallados permitiría el desarrollo de un “nuevo conocimiento en el interés de la salud pública”. Si bien no está probado que con la aplicación de la norma N. 0070 se consigan dichos objetivos, sí que es verdad que gracias a la publicación de los estudios clínicos, la EMA ha organizado una especie de experimento natural que debería permitir una estimación del beneficio actual, si es que existe, de esta nueva política.


A pesar de ello, la reglamentación N. 0070 se enfrenta a la incertidumbre legal. En julio de 2016, el Alto Tribunal de la Unión Europea emitió una orden judicial provisional para replantear o revertir esta política. Este hecho se produjo cuando PTC Therapeutics mandó a la EMA un estudio clínico acerca de la eficacia controlada en la fase 2 de ataluren para el tratamiento de la distrofia muscular de Duchenne. Basándose en los resultados de ese estudio clínico, la EMA dio su aprobación al ataluren, aunque con ciertas reservas, en julio de 2014. Otra empresa farmacéutica no identificada pidió una copia del estudio clínico sobre el ataluren. La EMA se ofreció para resumir ciertas partes del análisis clínico, pero PTC Therapeutics mostró su disconformidad y dijo que la totalidad del estudio clínico era información confidencial.


Fue entonces cuando PTC Therapeutics apeló al alto tribunal de la Unión Europea. Calificando a la política de la EMA como “un abrupto cambio de direction”, el Tribunal emitió un requerimiento dirigido a la EMA para que no publicase el estudio clínico hasta que se hubiera acordado una decisión judicial final. Para el Tribunal, un factor significativo era que la solicitud del estudio clínico del ataluren vino directamente de una compañía farmacéutica, hecho que sugería que ese análisis clínico tenía un fuerte valor comercial. La EMA recorrió esta decisión, y todavía se está pendiente de una respuesta.


El litigio por el caso PTC Therapeutics no implica directamente el nuevo reglamento N. 0700 ya que la aplicación comercial para ataluren fue mandada a la EMA en el año 2012, mucho antes de que se implementara la nueva legislación. Sin embargo, de producirse un veredicto favorable a PTC Theapeutics, eso tendría como primera consecuencia práctica la imposibilidad de que la EMA aplicase el reglamento N. 0700. Una decisión favorable a los intereses de PTC Therapeutics podría significar que los estudios y análisis clínicos se consideren a partir de ahora una información comercial confidencial en su globalidad y, por tanto, no sujetos a publicación pública, hecho que significa un regreso al status quo anterior a 2010. Sin embargo, una decisión a favor de la EMA podría facilitar que los estudios clínicos con fines comerciales presentados desde enero de 2015 se publicarían eventualmente en la red en abierto.



El desafío al que ahora debe enfrentarse la FDA es que la mayoría de los estudios clínicos presentados con fines comerciales en Estados Unidos son los mismos que en la Unión Europea. En la actualidad, la FDA considera que los datos clínicos son información comercial confidencial, provengan de quién provengan, también de la EMA. Por el contrario, la normativa europea N. 0070 – si es que logra sobrevivir el jucio en curso con PTC Therapeutics – podría llevar a la anomalía de que la EMA publicase de forma proactiva los análisis clínicos on-line (tras haber tomado las decisiones correspondientes en relación a las solicitudes de autorizaciones comerciales), mientras la FDA oculta la misma cantidad de información (o una cantidad similiar) de estudios clínicos. A pesar de la importancia de esta problemática para la Salud Pública, ni en los Estados Unidos ni en la Unión Europea existe aún un imperativo legal claro ni con respecto a si los estudios clínicos deben hacerse públicos ni, en el caso de que sea así, bajo qué condiciones.


En 2009, Margaret Hamburg, MD, Comisionada de la FDA, creó un equipo de trabajo especial en Transparencia para revisar las políticas de la agencia y las regulaciones que se aplican en materia de publicación pública de información importante del proceso de regularización de los productos médicos. En el informe del grupo de trabajo publicado en 2010 con respecto a los “datos de seguridad y efectividad” (en los que también se incluyen estudios clínicos), los grupos de trabajo indicaron que existe “una cantidad significativa de beneficios asociados con la divulgación de esta información, incluyendo los costes y el aumento de la eficacia de la investigación” e hizo un llamamiento a tener “un debate más amplio con los inversores más relevantes”.


Aunque no existe ninguna evidencia de que la publicación de estudios clínicos por parte de la EMA haya ayudado al descubrimiento de nuevos medicamentos, ni tampoco a la regulación o a la reducción de los costes de los medicamentos, un debate como este todavía no se ha producido en de forma sustancial – pero debería producirse, y pronto. De momento, los hechos que han puesto de manifiesto esta cuestión para que se tome una decisión al respecto han sido producidos por el reglamento N. 0070. Si todos los estudios clínicos se publicasen en el sitio web de la EMA, entonces la posición de la FDA se encontraría debilitada. Esta sería una circunstancia muy desafortunada para la FDA, líder global de la evaluación y regulación de medicamentos.



 

Anna L. Davis, JD, MPH1;

James Dabney Miller, JD, MPH1

Este artículo ha sido publicado en la Revista The JAMA Network. Lee el original aquí.

JAMA. Publicado online Febrero 20, 2017. doi:10.1001/jama.2017.0918




 

Referencias

  • 21 CFR §§314.126(b)(1): protocol; 314.126(b)(2): placebo or active controls; 312.21: phases of clinical investigations; 50.20: consent of patients.




  • Doshi  P, Jefferson  T.  Open data 5 years on: a case series of 12 freedom of information requests for regulatory data to the European Medicines Agency. Trials. 2016;17:78.PubMedArticle



  • Jefferson  T, Jones  M, Doshi  P, Spencer  EA, Onakpoya  I, Heneghan  CJ.  Oseltamivir for influenza in adults and children: systematic review of clinical study reports and summary of regulatory comments. BMJ. 2014;348:g2545.PubMedArticle



  • Dobson  J, Whitley  RJ, Pocock  S, Monto  AS.  Oseltamivir treatment for influenza in adults: a meta-analysis of randomised controlled trials. Lancet. 2015;385(9979):1729-1737.PubMedArticle




  • European Union General Court. PTC Therapeutics v EMA, docket T-718/15 R (interim injunction issued July 20, 2016).